El parágrafo II del artículo 33 de la vigente Ley Orgánica del Ministerio Público señala que "las y los fiscales departamentales serán designadas o designados por la o el Fiscal General del Estado, previa convocatoria pública y calificación de capacidad profesional y méritos a través de concurso público".
En Bolivia, los fiscales departamentales son designados por el Fiscal General; sin embargo, esto podría cambiar.
Mediante un proyecto de ley, el MAS propone que los fiscales departamentales ya no sean designados por el Fiscal General del Estado, sino por la mayoría de la Asamblea Legislativa Plurinacional que detenta el partido oficialista.
El proyecto de ley 259/20 de modificación de la Ley 260 o Ley Orgánica del Ministerio Público plantea que la Asamblea no solo elija al Fiscal General, sino también a los fiscales departamentales a través de un proceso de preselección.
El objeto del proyecto de ley es modificar el artículo 33 (Requisitos, designación y periodo de funciones) y el numeral 30 del artículo 30 (Atribuciones) de la Ley Orgánica del Ministerio Público.
"Las o los fiscales departamentales serán designados por mayoría de la Asamblea Legislativa Plurinacional, previa convocatoria pública, calificación de capacidad profesional y méritos a través de concurso público realizado por la comisión mixta competente, acuerdo a reglamento", reza el texto propuesto por los diputados proyectistas y abogados, Gladys Quispe Chura y Hernán Isaías Durán Lazo.
También planten que "las o los fiscales departamentales serán evaluados anualmente por la comisión mixta de la Asamblea Legislativa Plurinacional competente, previo informe del Fiscal General del Estado".
El numeral 30 del artículo 30 de la Ley Orgánica indica también que el Fiscal General del Estado tiene la atribución de "efectuar y revocar nombramientos de fiscales, conceder licencias, aceptar o rechazar renuncias de las y los fiscales departamentales, superiores y de materia conforme al reglamento".
El MAS plantea que el Fiscal General tenga la atribución de "efectuar y revocar nombramientos de fiscales superiores y fiscales de materia y conceder licencias de las y los fiscales departamentales, fiscales superiores y fiscales de materia, conforme al reglamento".
En la exposición de motivos, los parlamentarios proyectistas señalan que con esta norma se mejorará las "debilidades y vulnerabilidades institucionales".
"Se considera importante que el mismo pueblo boliviano a través de sus representantes no solo elija a la máxima autoridad fiscal, que es el Fiscal General del Estado, sino también a los fiscales departamentales", señala.