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El MAS y los operadores de justicia pretenden deslegitimizar la elección de Manfred Reyes Villa

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En las últimas horas se conoció que la Fiscalía de Bolivia, imputo a tres vocales del TED por no cumplir el procedimiento electoral en la habilitación de Manfred Reyes Villa, hecho que podría generar un gran conflicto político y social en Cochabamba, al tratar de deslegitimizar la elección del alcalde que gano en las urnas con el 56 por ciento.

El secretario de Finanzas del municipio, Mauricio Muñoz, denunció y alertó a Cochabamba que se pretende manosear del voto electoral, en la que Súmate gano las elecciones en la ciudad.

Reyes Villa fue alcalde de Cochabamba entre 1993 y 2000 y prefecto de ese departamento entre 2006 y 2008. Dejó el país en 2009, declarándose víctima de "persecución política".  Reyes Villa salió de Bolivia en calidad de exiliado y refugiado político.

El abogado constitucionalista, Arturo Balderrama recordó que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) emitió la Sentencia Constitucional 09/2022, del 21 de febrero de 2022, pero que se conoció en la que dispone la “aplicabilidad condicionada” de la frase “residencia permanente” en los artículos de la Constitución Política del Estado referidos a las candidaturas.

El recurso de inconstitucionalidad abstracta fue presentado por el exasambleísta Freddy Gonzales demandando la inaplicabilidad de los artículos 149, 167, 285.1.I y 287.I.1 de la Constitución Política del Estado (CPE) por ser contrarias a otros artículos de la norma suprema y de la Convención Interamericana de Derechos Humanos (CADH) y la Declaración Universal de Derechos Humanos, entre otras normativas internacionales. La Sentencia fue difundida por Redes Sociales.

Los artículos observados están referidos a la “residencia permanente” como requisito para la postulación a candidaturas en las elecciones nacionales y subnacionales en Bolivia.

El TCP, en su sentencia, interpretó que el abandono obligado del territorio donde se nace no rompe el vínculo con el territorio, por lo que el requisito de exigir residencia permanente en este caso requiere una aplicabilidad condicionada.

La Sentencia dispone en su artículo 1 la “aplicabilidad condicionada de la frase ‘residencia permanente’ contenida en los artículos 149, 167, 285.1.I y 287.I.1 de la Constitución Política del Estado (CPE) sujeta a interpretación convencional efectuada de dicho término en este fallo constitucional”.

En su artículo 2, la Sentencia señala que “se dispone el levantamiento de la medida cautelar ordenada en los autos constitucionales 090/2020-CA/S de 28 de diciembre y 001/2021-CA/S-ECA de 7 de enero; y en consecuencia, la continuidad de los respectivos trámites, en los cuales, el Tribunal Supremo Electoral deberá efectuar el análisis de cumplimiento del requisito de residencia permanente, de acuerdo a los fundamentos jurídicos desarrollados en la presenten Sentencia Constitucional”.

Según el abogado cochabambino, una supuesta imputación contra tres vocales del  Tribunal Electoral Departamental (TED) “no tiene ni pies ni cabeza”. Los operadores de justicia, siguen haciendo política “barata”, para tratar de deslegitimizar la elección de Reyes Villa que se ha convertido en el alcalde más querido de los cochabambinos.

El Ministerio Público imputó hoy presumiblemente a tres vocales del Tribunal Electoral Departamental (TED) por no haber cumplido con el procedimiento electoral respecto a la habilitación de Manfred Reyes Villa en las elecciones municipales de 2021.

Varios candidatos observaron la postulación de Reyes Villa a la Alcaldía de Cercado en los comicios subnacionales de 2021 porque en las elecciones nacionales de 2020 votó en Tiquipaya.

A denuncia de Jhonny Pardo y Pacífico Choque, la Fiscalía hizo prevalecer la nueva sentencia del Tribunal Constitucional (TCP), que modificó recientemente el tema de la residencia de los candidatos en los comicios subnacionales del país.

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