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CIDH admite denuncia de violación de derechos de Manfred Reyes Villa

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El pasado 20 de mayo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) admitió una demanda de violación de los derechos del actual alcalde de Cochabamba, Manfred Reyes Villa, como delitos contra la vida, acciones violentas, entre otros, cuando desempeñaba el cargo de prefecto, actualmente denominado gobernador.

La petición ante la CIDH fue planteada el 14 de agosto de 2008 y tuvieron que pasar casi 13 años para que esta instancia determine admisible la petición contra el Estado.

“Declarar admisible la presente petición en relación con los artículos 4, 5, 8, 9, 20, 23 y 25 de la Convención Americana, en relación con sus artículos 1.1 y 2; y declarar inadmisible la presente petición en relación con los artículos 7 y 21 de la Convención Americana”, señala en sus dos primeros incisos de la decisión adoptada por la CIDH.

Los artículos referidos son el 4 (vida), 5 (integridad personal), 8 (garantías judiciales), 9 (principio de legalidad y retroactividad), 20 (nacionalidad), 23 (derechos políticos) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos , en relación con sus artículos 1.1 (obligación de respetar los derechos) y 2 (deber de adoptar disposiciones de derecho interno), y otros tratados internacionales.

Los dos artículos que no fueron admitidos son el 7, referido a la libertad personal, y el 21, sobre la propiedad privada.

El cuerpo colegiado de la CIDH, refiere que “en relación a las alegadas acciones violentas cometidas por grupos irregulares el 11 de enero de 2007 contra la presunta víctima, la CIDH recuerda que frente a posibles delitos contra la vida e integridad personal, los recursos internos que deben tomarse en cuenta a los efectos de la admisibilidad de las peticiones son los relacionados con la investigación penal y sanción de los responsables. Tal investigación debe realizarse prontamente y de manera oficiosa, más aún cuando los delitos denunciados fueron cometidos presuntamente con la aquiescencia del Estado, a fin de proteger los intereses de las víctimas, preservar la prueba e incluso salvaguardar los derechos de toda persona que en el contexto de la investigación sea considerada sospechosa”.

El peticionario explica que el 14 de abril de 2009 se convocaron elecciones presidenciales y que el señor Reyes Villa Bacigalupi anunció su candidatura a ese cargo. Esto provocó que el Gobierno del entonces presidente comenzara nuevas acciones de persecución para obstaculizar su candidatura, como por ejemplo que las autoridades del partido político de gobierno interpusieran hasta diecinueve acciones penales en su contra.

A esto se suman una serie de antecedentes sobre los recursos interpuestos que no prosperaron debido al accionar de la justicia.

Ante la persecución política y a la inefectividad de los recursos judiciales, a finales de 2009, la presunta víctima se exilió en Estados Unidos.

Manfred Reyes Villa denuncia cuestiones específicas. En primer lugar, que a la fecha los atentados contra la vida e integridad de la presunta víctima siguen impunes.

A pesar de que se inició una investigación penal por tales acontecimientos, hasta el momento no se ha esclarecido lo ocurrido ni sancionado a los autores de tal accionar, dado que las autoridades políticas, a efectos de dificultar y obstaculizar una eventual condena, nombren a los responsables de este ataque en puestos de gobierno.

En segundo lugar, argumenta que la presunta víctima fue destituida inconstitucionalmente del cargo público de prefecto, y que no contó con un recurso judicial efectivo para cuestionar tal afectación. En tercer lugar, que está sufriendo persecución política.

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